El Ayuntamiento de Lora del Río informa que para sufragar parte de los daños causados por la borrasca del pasado fin de semana, el Gobierno de España dispone de un instrumento de inmediata aplicación, el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.
En esta norma se prevén ayudas de las que pueden ser beneficiarios los siguientes sujetos:
Unidades familiares o de convivencia económica que hayan sufrido daños personales.
Unidades familiares o de convivencia económica que hayan sufrido daños materiales en su vivienda habitual o en sus enseres de primera necesidad.
Corporaciones locales para hacer frente a los gastos de emergencia realizados.
Comunidades de propietarios por daños en elementos comunes.
Titulares de establecimientos mercantiles industriales o de servicios.
Personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestación personal o de bienes, a requerimiento de la autoridad competente.
Para la concesión de estas ayudas, que complementan a las que puedan poner en marcha otras Administraciones, no es preciso que se haya producido la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil. Este marco normativo es el previsto, con carácter general, para paliar los daños derivados de situaciones catastróficas o de emergencia en el ámbito competencial del Ministerio del Interior, sin perjuicio de las medidas que puedan adoptar otros departamentos ministeriales.
Estas ayudas pueden ser solicitadas por los afectados mediante la presentación de los correspondientes formularios, en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la fecha de terminación de los hechos catastróficos o de la situación de emergencia.