25/03/2020
15:50 horas.-El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ante el #estadodealarma para la gestión de la situación ocasionada por el #COVID19, ha establecido que las autoridades competentes delegadas adoptarán las medidas necesarias para garantizar el abastecimiento alimentario:
✅ La producción agrícola, ganadera y acuícola, así como la actividad pesquera, la transformación de productos agrarios y pesqueros, los centros o clínicas veterinarias, el transporte y la distribución de alimentos, así como su comercialización a través de la venta minorista al consumidor, forman la cadena de abastecimiento alimentario cuya actividad debe garantizarse en la situación de estado de alarma.
✅ Esto implica que debe mantenerse no solo la actividad de las empresas agroalimentarias en su conjunto, incluidas las
explotaciones agrícolas, ganaderas, acuícolas y la actividad pesquera, sino también la de las empresas que, a su vez, les suministran los insumos necesarios para su funcionamiento.
✅ En el caso de agricultores, ganaderos, acuicultores y pescadores deben poder seguir realizando las labores necesarias para garantizar el mantenimiento de actividad.
✅ Para prevenir y contener la expansión del virus, las labores cuya realización no sea imprescindible llevar a cabo durante la duración del período del estado de alarma, deben limitarse o suspenderse, como por ejemplo, labores accesorias de mantenimiento.
#coronavirus #yomequedoencasa #COVID19