El Ayuntamiento de Lora del Río, a través de la Concejalía de Comercio, informa de la Resolución 2614/2020, de 27 de mayo, de la Diputación de Sevilla sobre la Convocatoria de subvenciones de la Diputación destinadas a trabajadores/as autónomos/as para mantener o reactivar la actividad económica en los municipios de la provincia de Sevilla menores de 20.000 habitantes ante la crisis generada por COVID-19.
Esta subvención tiene como finalidad paliar el impacto económico producido en la actividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas afectadas por la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Tendrán la condición de beneficiarios de esta subvención los trabajadores/as autónomos/as cuyo centro de trabajo y domicilio fiscal se encuentran ubicados en municipios de la provincia de Sevilla menores de 20.000 habitantes que cumplan con los siguientes requisitos:
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Ser beneficiario de la prestación extraordinaria por cese de la actividad de conformidad con RDL 8/2020 de 17 de marzo de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
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Permanecer de alta en la actividad y en el régimen especial de trabaja autónomo (RETA) a la fecha de la solicitud de la presente ayuda.
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Desarrollar la actividad en un municipio de la provincia de Sevilla menor de 20.000 habitantes a fecha del padrón 01-01-2019.
La cuantía de la subvención será de 200 euros para personas autónomas cuya actividad tenga domicilio fiscal y establecimiento en que desarrolla la actividad en municipios de hasta de 10.001 a 20.000 habitantes; para el caso de empresarios/as individuales autónomos/as. En el resto de los casos (autónomos/as societarios/as, autónomos/as familiares colaboradores o autónomos/as de cooperativas de trabajo asociado) la actividad a la que van ligados deberá tener su domicilio fiscal y establecimiento en que se desarrolla la misma en municipios de entre 10.001 hasta 20.000 habitantes.
Conforme a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones se permite compatibilizar estas subvenciones con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o Internacionales, si bien el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
El procedimiento de concesión de las subvenciones será el de concurrencia no competitiva, dado que el objeto y finalidad de la subvención no permite la comparación objetiva de las solicitudes. Por tanto, el criterio de otorgamiento será el de fecha de presentación de la solicitud en el Registro de Entrada de la Diputación de Sevilla hasta el agotamiento de los fondos destinados a esta Convocatoria.
Las solicitudes se deberán presentar a través del Registro electrónico de la Diputación de Sevilla y dirigidos al Excmo. Sr. Presidente de la Excma Diputación de Sevilla. El modelo de solicitud normalizado para la obtención de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria estará disponible en la Web de la DIPUTACIÓN DE SEVILLA y de PRODETUR SAU.
En dicha solicitud vendrá incluida:
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Declaración Responsable de estar al corriente de pagos en obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones concedidas por esta Diputación o por cualquiera de sus organismos autónomos y consorcios adscritos.
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Declaración responsable de cumplir con el resto de los requisitos necesarios para obtener la condición de beneficiario de la subvención, conforme a los términos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de esta Convocatoria.
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Declaración responsable de subvenciones que se hayan solicitado con el mismo fin a otras administraciones, instituciones y organismos, de forma tal que el importe solicitado a la Diputación de Sevilla en la presente convocatoria, aisladamente o en concurrencia con las anteriores, ya obtenidas o solicitadas, no supere el coste de la actividad objeto de la referida convocatoria.
Además, la solicitud debe acompañarse obligatoriamente la siguiente documentación:
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Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE).
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Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad económica con su fecha de alta, domicilio fiscal y en su caso el del establecimiento de desarrollo de la actividad; para el caso de empresarios/as individuales autónomos/as. En el resto de los casos (autónomos/as societarios/as, autónomos/as familiares colaboradores o autónomos/as de cooperativas de trabajo asociado) deberán aportar certificado actualizado de situación censal del empresario/a persona física o empresario/a persona jurídica a la que estén vinculados.
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Acuerdo de reconocimiento de Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad para trabajadores/as autónomos/as afectados por la declaración del estado de alarma con motivo del COVID-19 (artículo 17 RDL 8/2020).
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Informe de Vida Laboral.
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Documento de alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para el caso de autónomos/as que no tengan la consideración de empresarios/as individuales, sino que sean autónomos/as societarios/as, autónomos/as familiares colaboradores o autónomos/as de cooperativas de trabajo asociado.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días desde el día siguiente a la publicación en el BOP de la provincia de Sevilla del extracto de la Convocatoria de Subvenciones.
Dado que el procedimiento de adjudicación de esta subvención será de Concurrencia no competitiva, hasta agotar los fondos destinados a esta Convocatoria, y el criterio de otorgamiento será el de la fecha de presentación de la solicitud en el Registro electrónico de la Diputación, se anima a los empresarios/as que vayan a solicitarla, tener la documentación requerida preparada ya que en un plazo inmediato estará publicado en el BOP de la Provincia de Sevilla el extracto de dicha Convocatoria de Subvenciones, siendo el plazo de presentación de las solicitudes de 20 días desde el día siguiente a dicha publicación.
Para cualquier aclaración o duda pueden utilizar el siguiente correo electrónico: desarrollo@loradelrio.es.