19/03/2020
11:00h.- El BOE recoge las siguientes medidas del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:
- Se garantizará el transporte de mercancías en todo el territorio nacional, con objeto de garantizar el abastecimiento.
- Se permite la utilización de tarjetas de conductor y el CAP caducados, siempre que la expiración se haya producido a partir del día 1 de marzo, hasta 120 días después de la finalización de la declaración del estado de alarma o prórrogas del mismo.
- Se permite la apertura de de locales dedicados al arrendamiento de vehículos sin conductor y los establecimientos de arrendamiento sin conductor para uso particular a los solos efectos de la devolución de los vehículos, ésta última sólo estará permitida con el fin de hacer posible la devolución por el arrendatario de los vehículos arrendados en el marco de un contrato celebrado con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden.
- En los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en autobús, salvo que el conductor esté protegido por una mampara, los viajeros deberán acceder al vehículo por la puerta trasera.
- Las puertas serán activadas también por el conductor o el maquinista para que los viajeros no tengan que pulsar nada.
- Las empresas adoptarán las medidas necesarias para procurar la separación entre los viajeros. No ocupar más de un tercio de los asientos disponibles.
- Los desplazamientos llevados a cabo en transporte público de viajeros en vehículo de turismo, deberán hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada.
Para más información consultar el BOE aquí: